22/7/10

Los hombres que amaban demasiado a las garrafas


En los últimos tiempos, este blog se ha vuelto propositivo. La tesis XI de la blogósfera dice: "hasta ahora los bloggeros se han cansado de emitir fruta respecto a la realidad que los circunda: de lo que se trata es de transformarla". De ahí que hayamos decidido modificar nuestra línea editorial, tomando cartas en los asuntos que hacen al devenir de la Patria. Así que acá proponemos una ley para regular la comercialización de garrafas subsidiadas por el Estado Nacional. Cinco articulitos que le pueden cambiar la vida a la gente.

FUNDAMENTOS

Toda persona que nace en suelo argentino es considerada por este Estado Nacional como "ciudadano argentino". En tanto que tal, el sujeto -de ahora en más llamado "ciudadano"- firma un pacto tácito con ese Estado Nacional que le otorga una serie de beneficios (seguridad, educación, salud, etc.) a cambio de determinadas obligaciones. Independientemente de si los hombres nacemos buenos, miti-miti o directamente malos, lo cierto es que nos vimos en la obligación de firmar un pacto que impida que cada uno haga lo que más o menos le parezca. Sí, Rousseau también le tendría adentro, qué va´ser: capaz tiene razón y los hombres son buenos. Pero estatizados, son mejores. Así las cosas, los ciudadanos nos compremetemos a desarrollar un pequeñísimo, mínimo, diminuto, rasgo de solidaridad humana con el prójimo. A cambio de un poli que aprisione a los malos, un maestro que te enseñe a sumar y un doctor que te cure, el Estado te pide a cambio que refrenes tus impulsos de sacarle ventaja al resto de la Humanidad para pasarla vos un poco mejor.

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA NACIÓN SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

Art. 1: Dispóngase una Patrulla de Control Garrafal (PCG) en todo el territorio argentino para regular la comercialización de garrafas de gas subsidiadas por el Estado Nacional;

Art. 2: La PCG tendrá poder de policía para actuar en los comercios de expendio de garrafas subsidiadas cuyo valor no debe sobrepasar los 16$. La PCG podrá interceptar a cualquier ciudadano que se retire del local mencionado poseyendo en cualquiera de sus manos una de las garrafas mencionadas. El oficial a cargo podrá requerirle al consumidor que acredite su nivel de ingresos, con la potestad de, si hiciera falta: a) acompañarlo hasta la casa para certificar su recibo de sueldo; b) retirarle compulsivamente su tarjeta bancaria y código personal de ingreso a los fines de chequear el estado de cuenta; c) revisarle la billetera, los cajones y el de todos los miembros de la familia, incluido los pequeños, que de mandado en mandado pudieran haber recolectado una pequeña fortuna personal en base a la especulación financiera del robo de vueltos;

Art. 3: Luego de comprobado el nivel de ingresos del ciudadano consumidor de garrafa subsidiada, el PCG actuará de acuerdo al siguiente mandato. Si el consumidor lograse acreditar su caracter de sujeto beneficiario de tal derecho, déjeselo ir. Si, en cambio, el PCG lograse demostrar que el sujeto adquiriente (?) de la garrafa, era capaz de sostener la compra de la misma al precio del mercado, procédase a entregarle un formulario de "Renuncia mutua del pacto social Estado-ciudadano" que deberá firmarse obligatoriamente por el ciudadano. El ciudadano, una vez hubo adquirido una garrafa a precio menor del que debió haber pagado, jodiéndole la vida al tipo que sí la necesita, ya había renunciado de facto a todo tipo de solidaridad mutua. El formulario de renuncia, en todo caso, viene a formalizar la renuncia del Estado a cumplir con lo pactado. Es decir, el Estado Nacional retira en el acto todas las prestaciones que le garantizaba al ciudadano renunciante, a saber: educación, seguridad social, salud, policía. En ese sentido, si luego de la firma viene un tipo y le encaja un tiro al ex-ciudadano, el Estado se hará el gil al respecto ya que no entra en su jurisdicción;

Art. 4: en relación a los complejos habitacionales denominados "countries", el Estado Nacional aplicará una política diferenciada. Si se lograse encontrar in fraganti a un solo habitante de dichos complejos en pleno ingreso y/o utilización de una garrafa subsidiada, el Estado Nacional dejará de considerar ese territorio como propio, negándosele los servicios y garantías básicas, al mismo tiempo que se lo reconocerá como una fuerza extranjera invasora. En tal sentido, la Gendarmería Nacional tocará timbre en el country mencionado y exigirá que se le muestren los papeles de la ONU que lo habilitan a tener una embajada en nuestro territorio nacional. De no existir respuesta positiva, es decir, si no se presentaren los papeles por los cuales el Country del Pilar de los Sueños está reconocido como Estado Nacional por la Organización de las Naciones Unidas, la Gendarmería Nacional tendrá las facultades de actuar ante un invasor extranjero, pudiendo llevar adelante acciones de guerra manifiesta que incluyan bombardeos y tomas del territorio con posterior enjuiciamiento de los sujetos invasores;

Art. 5: La siguiente ley no se considerará discriminatoria ni autoritaria sino, en vistas a la jurisprudencia expresada por la ley de matrimonio entre personas del mismo sexo, reconociendo una situación que existe de hecho en la sociedad y que el Estado tiene la obligación de reconocer y regular;

Art. 6:
Vótese, apruébese, y comuníquese al Poder Ejecutívose.

2 comentarios:

EL COLORÁU dijo...

Por esto y mucho más titulé mi blog "pateando calefones".
abrazo!!

Anónimo dijo...

A los k, totalitarios, les encantaria, poder 'votar' esta ley, por puro decreto ! Es la 'leccion' que el 'chavez' viene dando, a los ignorantes de latino-a...! Por que en 'paises' serios y organizados, NO hay subsidio ? O es minimo !