19/6/13

Acerca de la representación.


Dos cosas que me llamaron la atención sobre el fallo de la Corte. Ninguna de las dos tiene que ver con la cuestión de fondo y puede haber cosas que estén mal interpretadas así como saberes que me faltan. Las dos, sí, tienen que ver con la concepción de representación en el fallo que suspendió la elección directa de representantes al Consejo de la Magistratura, que se puede leer entero aquí


- La representación de científicos y académicos. La Corte dice para la representación de científicos y académicos en el Consejo de la Magistratura, lo mismo que para los abogados: hablando mal y pronto, que si deben ser representantes de un estamento (a saber, el estamento "científico", pongamos por caso) la elección del representante debe darse entre aquellos a los que representa: los científicos. Los dos primeros párrafos del art. 114 de la Constitución Nacional sostienen: 

El Consejo de la Magistratura, regulado por una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, tendrá a su cargo la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial.
El Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Será integrado, asimismo, por otras personas del ámbito académico y científico, en el número y la forma que indique la ley
Que esté en dos párrafos parece que no es un elemento para nada menor, y así lo dice la Corte. Previo al considerando °19, el fallo sostiene dos cosas interesantes: que la primera fuente de interpretación de las leyes es su letra; que a ello cabe agregar que su comprensión no se agota con la remisión al texto y que hay que tomar los contextos y la intención del legislador; y, finalmente, que "el método gramatical por el cual comienza todo toda tarea interpretativa obliga al juez a atenerse a las palabras del texto escrito, en la comprensión de que ninguna disposición de la Constitución ha de ser considerada superflua, sin sentido
o inoperante".

¿Cuál es la interpretación de la Corte sobre el artículo constitucional? 

Dice dos cosas: por un lado, que más allá de que sea necesario integrarlo con científicos y académicos, esa necesidad no puede ir en contra de procurar el equilibrio de la representación de los distintos estamentos. O sea: que todo bien con integrarlo, pero tampoco que sean tantos. Cosa que es discutible, materia de interpretación, etc. Pero me interesa más la segunda parte de la reflexión, donde dice: 
"cabe tener presente que si bien es cierto que la CN les ha dado a aquéllos (es decir, los científicos y académicos) una participación en el Consejo, no les ha asignado un rol central. El texto constitucional no ofrece dudas en cuanto a que este sector no está en el centro de la escena. Esta conclusión surge de la literalidad de la norma, donde académicos y cientificos aparecen en una segunda parte del párrafo, a modo de complemento".
Significa: que por la forma de redacción expuesta en el 114, mediada por un "Asimismo" entre unos representantes y otros, la interpretación literal del texto supone que lo que está escrito primero tiene "el centro de la escena", respecto de lo que viene después. Un ejercicio - que no viene al caso - sería probar esta forma interpretativa con otros artículos, a ver qué sale.

El affaire del "Asimismo" no se queda ahí. Porque es la propia Corte, luego de decir que esa ubicación física del texto relega su contenido a un lugar fuera del centro de la escena, la que analiza ese término en el marco de una argumentación diferente, referida a lo que dijimos en el primer párrafo de este texto: la forma de elección de los potenciales representantes académicos y científicos en el Consejo de la Magistratura. Repetimos el argumento (lo discutimos en el próximo punto como tal): para representar a un estamento, el representante debe salir necesariamente de una elección entre los miembros de ese estamento. Es así para los jueces, dice el fallo, y es así para el o los representantes de la academia y la ciencia. Ahora bien, si para la Corte está bastante explícito la fórmula de elección para el caso de los representantes de jueces y abogados, ¿en qué se basaría para trasladar la misma fórmula a los representantes de la academia y la ciencia? 

Pues bien, en nuestro viejo y querido amigo: "asimismo". Dice el fallo: 
En este sentido, no debe perderse de vista la terminologia utilizada. El adverbio "asimismo", según el Diccionario de la Real Academia Española, significa "también, como afirmación de igualdad, semejanza, conformidad o relación de una cosa con otra ya nombrada, lo cual da la idea de que debe mantenerse el equilibrio y el sistema de representación de la primera parte.

¿Entonces?, ¿asimismo implica "afirmación de igualdad, semejanza, conformidad o relación de una cosa con otra ya nombrada" cuando se trata de fórmulas de elección representativas y, al mismo tiempo, la primera cosa ya nombrada tiene preponderancia sobre la segunda o, en palabras de la Corte, está más en el centro de la escena? Una duda que quedó. 


- Sobre la definición de la representación. Acá se usa, me parece, el mismo concepto de representación que el fallo Servini de Cubría sobre el tema, que se puede leer acá, y dice: 

La representación, constituye aquella herramienta jurídica que prevé la posibilidad de que un acto jurídico sea realizado por una persona determinada, quien lo realiza en nombre de otra persona o representado que le ha conferido determinada facultad.
Esta condición de relación horizontal, establece un vínculo entre quien otorga la representación y el representante, siendo el origen de la misma, el acto discrecional de la persona que decide otorgar un mandato, y selecciona voluntariamente a otra persona quien lo va a representar. (...) 
Expresado de una manera gráfica, podríamos decir que el acto de representación, se configura cuando una persona “A” otorga mandato a otra persona “B” para que lo represente o actúe en su nombre.

Tanto el fallo de la Corte como el de Servini dicen lo mismo, el argumento que repitiéramos arriba: la delegación de un poder, a lo que ellos llaman "representación", implica que quien delega debe ser exactamente el mismo sujeto al que se dice representar. En términos de la disciplina pura de la lógica, es decir si uno pudiera encastrar esa definición en las letras A, B y C como hace Servini, el razonamiento no tiene fisuras. Ahora, ¿qué pasa si la representación es algo que excede la mera delegación de un poder o mandato? Ahí, me parece, está el punto de la cuestión. Lo dice Servini y, por carácter transitivo, lo ratifica la Corte: la representación es una herramienta jurídica que permite a una persona determinada realizar un acto jurídico en nombre de otra. Esa definición sobre la representación, ¿supera, o al menos contiene, a la representación política? La definición jurídica de representación, por ejemplo, supone el mandato imperativo: supone que A le otorga mandato a B para que haga exactamente lo establecido previamente por A. ¿Existe "lo establecido previamente" en la representación política? No, la representación es algo más que la delegación y mucho más en una democracia representativa donde, por definición, no existe siquiera la posibilidad de mandato imperativo. La representación no es una forma resuelta y cerrada de relación, sino todo lo contrario: es ambigua, un campo abierto entre una multiplicidad de decisiones posibles. 

Insiste la Corte durante todo el fallo en dar cuenta de la literalidad de la letra de la Constitución sin olvidar tanto la intención del legislador como el contexto donde se aplican las normas. ¿No hay, veinte años después de la sanción del artículo 114, ninguna modificación de lo que significa la representación como concepto teórico?, ¿sigue siendo una herramienta jurídica para transmitir un mandato de A a B?, ¿se puede "sentenciar" cuál es el significado verdadero de la representación (si es jurídico o si es político) para fundamentar una decisión, que por cierto es política, sin dar cuenta de cuáles son las otras formas de entender la representación?

Quizás verdaderamente falta un poco de interdisciplinariedad en el Poder Judicial. 

5/6/13

La paradoja de la abundancia

La última edición de la versión argentina de Le Monde Diplomatique, trae esta tapa y estos columnistas: Maristella Svampa, Nicolás Tereschuk, Gabriel Puricelli y José Natanson. Tema: recursos naturales.



Citamos un fragmento de la nota de José Natanson:

La crítica extractivista viene asociada a otra, que no es la misma pero se le parece, y que gira alrededor de la idea de rentismo. Concebido más como una cultura que como un modelo macroeconómico cerrado, el rentismo alude a un tipo de economía que depende básicamente de la generosidad de la naturaleza. Como el ingreso que genera no tiene contrapartida productiva sino que es resultado de la buena fortuna (los hallazgos en el subsuelo, la fertilidad de la tierra, las lluvias), las economías rentistas consolidan mentalidades anti-schumpeterianas que ahogan la capacidad de innovación, el riesgo empresarial y aun el esfuerzo individual. En uno de los estudios sistemáticos más famosos sobre el tema (2), la politóloga estadounidense Terry Lynn Karl desarrolla la tesis de “la paradoja de la abundancia”, según la cual aquellos países con una dotación extraordinaria de recursos naturales tienen mayores dificultades para lograr un crecimiento económico sostenido, mejorar la equidad social y evitar la inestabilidad política. En suma, son menos desarrollados.

El estudio de Terry Lynn Karl no es el único, pero es cierto que es el emblema de una serie de trabajos que buscan la explicación causal a la siguiente correlación: los países con altas reservas de petróleo tienden a tener sistemas menos democráticos. Como todo estudiante de ciencia política sabe el primer día de su carrera, no es cierto que Cum hoc ergo propter hoc (con esto, luego a causa de esto), en criollo: correlación no implica necesariamente causalidad. 

Acerca de este debate escribe justo el blog de ciencia política Why Nation Fails, donde refieren a varios artículos sobre el tema:

- El paper de Michael Ross (Does oil hindler Democracy?) tiene el mérito académico de buscarle a la correlación alto nivel de exportación de petróleo y bajo desarrollo de las instituciones democráticas los mecanismos causales. Más discutible es si los que encuentra se aplican (algunos de esos mecanismos suenan insuficientes e incluso tautológicos: hay más autoritarismo porque entran más recursos directos al Estado. Lo cual no explica la variable de control: por qué no sucede igual la correlación con otro tipo de minerales o cualquier otra exportación que genere ingresos). Un poco en el mismo camino, estudiando específicamente los casos africanos, va este otro paper de Jensen y Wantchekon.

- Por otro lado, dos papers a contrario de esta tesis: el primero, de Haber y Menaldo, "Do Natural Resources Fuel Authoritarianism?A Reappraisal of the Resource Curse", que tiene la virtud de incluir casos occidentales, Noruega, Trinidad y Tobago, etcétera, para controlar por ejemplo la variable que los estudios anteriores mencionan como el efecto del Islam o los gobiernos islámicos (es decir, que todos los casos ocurren en Medio Oriente). El estudio concluye: "nuestros resultados indican que la dependencia de los recursos petroleros y minerales no promueve dictaduras en el largo plazo". También habría un estudio de caso (el blog mencionado no cita cuál) sobre Venezuela, y la forma en la que la fortaleza petrolera fue crucial para el sostenimiento de la democracia, toda vez que permitió al Estado no avanzar sobre aumentos de impuestos a las clases altas que, dixit, "pudieran terminar en golpes de Estado". El paper no está linkeado, pero el marco teórico, al parecer, sale de este libro, que es una especie de tercera posición, donde la exportación de recursos naturales tiene tanto efectos positivos como negativos sobre el desarrollo democrático. 

Finalmente, el dossier principal de la edición de Nueva Sociedad de este mes está dedicado a los recursos naturales en América Latina.

3/6/13

Entrevista a Mario Bunge

- Usted ha tratado a algunos de los filósofos más importantes del siglo XX. Por ejemplo Popper, de quien dice que no aceptaba hablar de menudencias.

Ni tampoco de la actividad política. Se jactaba de que a su casa no llegaban los periódicos, no tenía televisor, no escuchaba la radio… y al mismo tiempo quería pasar por gran filósofo social. ¿Cómo puede una persona hacer eso? De hecho, tuvo posturas políticas. En su primera juventud fue socialista militante afiliado al partido socialista austríaco. Después se hizo liberal, en el buen sentido de la palabra, liberal clásico, no neoliberal; pero seguía con los mismos prejuicios europeístas.  Yo le he oído decir en su casa que el movimiento de liberación nacional del Congo encabezado por Patrice Lumumba era una tropa de monos. Por ser negros tenían que ser monos. Del tercer mundo no sabía nada. Cuando yo le hablé de los crímenes que había cometido el imperio británico, no quería creer que Gran Bretaña atacó militarmente dos veces a Argentina a principios del siglo XIX y, cuando le hablé de la India dijo que los ingleses habían hecho mucho por la India. Obviamente, nunca oyó hablar de cómo los ingleses arruinaron la industria textil doméstica de la India, nunca oyó hablar de la rebelión de los tejedores de Bengala y de cómo los ingleses les cortaron el pulgar para que no pudieran manejar el telar. Es cierto que llevaron la lengua inglesa, que hoy es la lengua de comunicación entre los distintos grupos lingüísticos del país, y también llevaron la medicina moderna, aunque lo hicieron solo para poder curar a sus propios funcionarios. En todo caso, Popper tampoco estaba al tanto de las grandes transformaciones. Sobre el comunismo no tenía nada bueno que decir. Fue una dictadura horrible, pero también es cierto que la Unión Soviética fue el país con un menor índice de desigualdad, el índice de Gini, más bajo del mundo pero, y aquí viene lo interesante, lo compartió con Dinamarca y Suecia. Es decir, es posible tener lo mismo con métodos democráticos y no cruentos. La finalidad del socialismo es humanista. Que fuera corrupta por los comunistas es otra historia. Hay que ser objetivo y él no lo era.

- En la última fase de su obra ingresó en la metafísica, con la teoría de los tres mundos, y usted se lo reprochó.

Yo escribí un artículo de crítica que no le gustó nada. Se lo mandé, por supuesto. En él objetaba que Popper ni siquiera definía la noción de mundo; más aún, Popper decía que no lo va a definir, que dejaría la idea flou, suelta. Para un filósofo eso es un pecado mayúsculo. Pero lo más interesante, y es algo poco conocido, es que esa doctrina de los tres mundos viene de Hegel y la copió Lenin en unas páginas muy poco conocidas. En vísperas de la primera guerra mundial, en lugar de estudiar sociología y economía, Lenin estaba estudiando la lógica de Hegel. Y en sus Cuadernos filosóficos tiene toda una página dedicada a la doctrina de los tres mundos. Textual. No creo que Popper hubiera leído eso, pero sí era buen conocedor de la filosofía de Hegel y fue uno de los primeros en decir que Hegel era un charlatán. Bueno, el primero fue Schopenhauer, pero a este no se le puede tomar en serio porque, a su vez, era un charlatán. Popper fue uno de los primeros filósofos serios que se atrevió a decir la verdad sobre Hegel. Pero ¿por qué tiene tanto atractivo Hegel? Porque construyó un sistema y se ocupó de temas importantes. Lo confundió todo, hablaba de forma difícil, fue el primer posmoderno, era tan confuso que dio lugar a una izquierda y una derecha… pero si pervivió es porque trató asuntos interesantes. La mayor parte de los filósofos actuales se ocupa de menudencias, de opiniones de otros filósofos: ¿Qué opina Fulano de lo que dijo Mengano de Zutano?

La entrevista entera en Jot Down.